Código Electoral estatal

Artículo 124 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

1. El cuerpo del Servicio Profesional Electoral se integrará por dos áreas, la de función directiva y la de función técnica.

2. El área de la función directiva contará con el personal necesario para cubrir los cargos cuyas atribuciones versen sobre dirección, mando y supervisión; y 3. El área técnica contará con el personal necesario para cubrir los puestos y realizar las actividades de naturaleza técnica administrativa.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 124 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

1. El cuerpo del Servicio Profesional Electoral se integrará por dos áreas, la de función directiva y la de función técnica. 2. El área de la función directiva contará con el personal necesario para cubrir los cargos…

¿Está vigente el artículo 124?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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