Código Electoral estatal

Artículo 233 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

1. Para los efectos del presente Libro, los órganos encargados de la tramitación y resolución del procedimiento sancionador, en el ámbito de sus facultades, corresponderá a:

a) El Consejo General;

b) La Comisión de Quejas y Denuncias, y c) Los comités, en sus respectivos ámbitos de competencia, salvo lo dispuesto en el artículo 244 de este Código fungirán como órganos auxiliares para la tramitación de los procedimientos sancionadores.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 233 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

1. Para los efectos del presente Libro, los órganos encargados de la tramitación y resolución del procedimiento sancionador, en el ámbito de sus facultades, corresponderá a: a) El Consejo General; b) La Comisión de…

¿Está vigente el artículo 233?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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