Artículo 26 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Los ciudadanos que pretendan constituir un partido político estatal, deberán formular su declaración de principios y en congruencia con ellos, un programa de acción y los estatutos que como partido político normen sus actividades, los cuales se deben ajustar a las bases constitucionales, a este ordenamiento y a las demás disposiciones aplicables.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.