Artículo 28 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. El programa de acción de los partidos políticos estatales determinará las medidas para:
a) Realizar sus principios y alcanzar sus objetivos;
b) Proponer las políticas necesarias para resolver los problemas que afecten, tanto al Estado, como a los Municipios integrantes del mismo;
c) Ejecutar las acciones relativas a la capacitación y formación ideológica y política de sus militantes, y d) Estimular la participación activa de su militancia en los procesos electorales.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.