Código Electoral estatal

Artículo 83 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas

Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

1. La Comisión de la Lista Nominal y Participación Ciudadana tendrá las siguientes atribuciones:

a) Vigilar el desarrollo de todos los trabajos de Educación Cívica, Promoción y Difusión de la Cultura Política Democrática, que el Instituto lleve a cabo.

b) Coadyuvar en la vigilancia del Programa del programa (sic) anual de difusión para los niños y jóvenes del sistema educativo público y privado (sic) Educación cívica del Estado.

c) Efectuar seguimiento a las campañas de Actualización del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores que realice el Instituto Federal Electoral, mediante la aplicación de los siguientes mecanismos:

I. Solicitar en medio óptico e impreso a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral, a través de la Junta Local Ejecutiva del Instituto Federal Electoral, la información necesaria para que los integrantes de la Comisión conozcan los avances de las campañas de actualización del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, que deberá ser la siguiente: reportes estadísticos mensuales de inscripciones, corrección de datos, cambios de domicilio y reposiciones;

credenciales entregadas a los ciudadanos; estadísticos del Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores ordenados por Distrito Local, Municipio y Sección Electoral; y el número de credenciales para votar con fotografía que se hayan destruido por aplicación del artículo 163 del Código Federal.

II. Proponer y dar seguimiento a los trabajos de difusión y promoción que realice el Instituto entre la ciudadanía, en materia de Padrón Electoral y Lista Nominal de Electores, en coadyuvancia a las actividades que realice la Secretaría Ejecutiva.

III. Determinar el número y la ubicación de Módulos de Atención Ciudadana en el caso de que sean financiados por el Instituto.

IV. Solicitar en medio óptico e impreso a la Dirección Ejecutiva del Registro Federal de Electores del Instituto Federal Electoral información estadística y nominal.

d) En materia de cartografía solicitar al Instituto Federal Electoral las actualizaciones sobre la cartografía digitalizada bimestralmente.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 83 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas?

1. La Comisión de la Lista Nominal y Participación Ciudadana tendrá las siguientes atribuciones: a) Vigilar el desarrollo de todos los trabajos de Educación Cívica, Promoción y Difusión de la Cultura Política…

¿Está vigente el artículo 83?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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