Artículo 92 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. La Dirección Ejecutiva de Asuntos Jurídicos se encargará de supervisar las cuestiones legales relacionadas con el funcionamiento del Instituto y tendrá las atribuciones siguientes:
a) Realizar y emitir los dictámenes jurídicos que le solicite el Consejo General, las comisiones o cualquier otro órgano del Instituto;
b) Resolver las consultas jurídicas respecto de los asuntos que se le encomienden;
c) Compilar y sistematizar los criterios de resolución que emitan los órganos del Instituto, el Poder Judicial del Estado, el Instituto federal, el Poder Judicial de la Federación y demás autoridades con relación a la materia electoral o de participación ciudadana;
d) Integrar el archivo de las actuaciones del Instituto ante los tribunales;
e) Auxiliar al Consejo General en la interpretación de las disposiciones legales;
f) Formular los informes justificados que las autoridades competentes soliciten al Instituto;
g) Promover las actuaciones e interponer los recursos legales que correspondan ante los órganos competentes;
h) Auxiliar al Consejo General en el cumplimiento de las resoluciones de los tribunales y de las autoridades electorales competentes;
i) Presentar al Consejero Presidente un informe trimestral de su actuación;
j) Cumplir y hacer cumplir los acuerdos del Instituto que se refieran a los asuntos de su competencia; y k) Las demás que le confiera este Código y otras disposiciones aplicables o el Consejo General.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.