Artículo 95 de Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas
Código Electoral del Estado de Coahuila de Zaragoza — Chiapas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Para cada proceso electoral estatal el Instituto contará, según corresponda, con los siguientes órganos desconcentrados:
a) Comités Distritales Electorales, y b) Comités Municipales Electorales.
2. Los comités distritales electorales funcionarán durante los procesos electorales en que se renueven el titular del Poder Ejecutivo del Estado o los integrantes de la Legislatura Estatal.
3. Los comités municipales electorales funcionarán durante los procesos electorales en que se renueven los integrantes de los ayuntamientos.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.