Artículo 164 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las solicitudes de registro de candidaturas deberán señalar el partido político o coalición que las postula y los siguientes datos del candidato:
I. Apellidos paterno, materno y nombre completo;
II. Lugar y fecha de nacimiento;
III. Domicilio y tiempo de residencia en el ESTADO;
IV. Ocupación;
V. Clave electoral;
VI. Cargo para el que se postula;
(REFORMADA, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)
VII. Denominación y emblema del partido político que lo postula; y (REFORMADA, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)
VIII. Manifestación de tratarse de una coalición en su caso.
La solicitud deberá acompañarse de:
a) Declaración de aceptación de la candidatura;
b) Copia certificada del acta de nacimiento;
(REFORMADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)
c) Copia certificada del anverso y reverso de la CREDENCIAL;
(REFORMADO, P.O. 29 DE JUNIO DE 2017)
d) Documentación que acredite que los ciudadanos postulados cumplen con los requisitos de elegibilidad;
(REFORMADO, P.O. 29 DE JUNIO DE 2017)
e) Constancia de que el partido político o coalición cumplió con lo establecido en el artículo 51 en sus fracciones V, X, XI y XXI de este ordenamiento;
(ADICIONADO, P.O. 29 DE JUNIO DE 2017)
f) Declaración de situación patrimonial y de no conflicto de intereses bajo el formato que apruebe el INSTITUTO, así como copia de su declaración fiscal, tanto de propietarios como de suplentes, las cuales deberá publicar en su página de Internet; y (ADICIONADO, P.O. 29 DE JUNIO DE 2017)
g) Dirección de la página de Internet en la que difundirán sus actos de campaña y de proselitismo político.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.