Código Electoral estatal

Artículo 272 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua

Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El TRIBUNAL se instalará para el proceso electoral de que se trate dentro de los tres días siguientes al en que se instale el CONSEJO GENERAL y concluirá sus actividades al término del proceso electoral o cuando los recursos o juicios interpuestos hayan causado ejecutoria.

En caso de elecciones extraordinarias, ajustará los plazos de la interposición de los recursos o juicios y demás etapas procesales, conforme a lo dispuesto por la convocatoria respectiva.

(REFORMADO PRIMER PÁRRAFO, P.O. 16 DE MARZO DE 2023)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 272 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua?

El TRIBUNAL se instalará para el proceso electoral de que se trate dentro de los tres días siguientes al en que se instale el CONSEJO GENERAL y concluirá sus actividades al término del proceso electoral o cuando los…

¿Está vigente el artículo 272?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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