Artículo 349 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Recibida la solicitud de registro por el órgano electoral que corresponda, se observarán las mismas reglas para el registro de candidaturas que contempla en el Titulo Segundo del Libro Cuarto este CÓDIGO.
(ADICIONADO, P.O. 14 DE JUNIO DE 2014)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.