Artículo 361 de Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua
Código Electoral del Estado de Colima — Chihuahua · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las diputadas y los diputados electos por el principio de mayoría relativa que busquen la elección consecutiva por el mismo principio, únicamente podrán ser registrados en el mismo distrito electoral en el que fueron electos; o en su caso, podrán ser postulados por el principio de representación proporcional.
(ADICIONADO, P.O. 30 DE JUNIO DE 2023)
Las y los diputados electos por el principio de representación proporcional que busquen la elección consecutiva podrán ser registrados por el mismo principio, o en su caso, por cualquier distrito electoral.
(ADICIONADO, P.O. 29 DE JUNIO DE 2017)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.