Artículo 107 de Código Electoral del Estado de Hidalgo
Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los precandidatos, partidos políticos y coaliciones deberán abstenerse de expresiones que impliquen calumnia a las personas, que discriminen o que constituyan violencia política en razón de género durante las precampañas y en la propaganda política que se utilice durante las mismas.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.