Artículo 117 de Código Electoral del Estado de Hidalgo
Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Las candidaturas para Diputados serán registradas por fórmulas y las de Ayuntamientos mediante planillas completas para todos los cargos; en ambos casos se integrarán con los propietarios y suplentes respectivos.
(REFORMADO, P.O. 02 DE JULIO DE 2024)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.