Código Electoral estatal

Artículo 26 de Código Electoral del Estado de Hidalgo

Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Los partidos políticos con registro local están obligados además a:

I. Mantener el mínimo de afiliados en el Estado y municipios requeridos para su constitución y registro;

II. Observar los procedimientos que señalen sus estatutos para la postulación de candidatos, de afiliación, de elección interna de sus dirigentes y del funcionamiento de sus órganos de dirección;

III. Tener domicilio social para sus órganos directivos;

IV. Editar periódicamente una publicación de divulgación ideológica;

V. Establecer un centro de formación política;

VI. Comunicar al Instituto Estatal Electoral cualquier modificación a su declaración de principios, programa de acción y estatutos, dentro de los veinte días naturales siguientes a la fecha en que la hagan;

VII. Mantener como mínimo el 3% de la votación de la última elección de Diputados Locales;

VIII. Para poder participar en las elecciones deberán presentar su acreditación con un año de anticipación, según corresponda a la elección de que se trate;

IX. Someterse al procedimiento para la liquidación de los partidos políticos locales que pierdan su registro y reintegrar sus bienes y remanentes, en términos de lo dispuesto en el artículo 40 de este Código; y X. Las demás que establezcan sus estatutos, el presente Código y sus reglamentos; así como las que señale la normatividad aplicable.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 26 de Código Electoral del Estado de Hidalgo?

Los partidos políticos con registro local están obligados además a: I. Mantener el mínimo de afiliados en el Estado y municipios requeridos para su constitución y registro; II. Observar los procedimientos que señalen…

¿Está vigente el artículo 26?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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