Código Electoral estatal

Artículo 346 de Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo

Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Son medios de impugnación en materia electoral:

I. Recurso de Revisión;

II. Recurso de Apelación;

III. Juicio de Inconformidad; y IV. Juicio de Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 346 de Código Electoral del Estado de Hidalgo — Hidalgo?

Son medios de impugnación en materia electoral: I. Recurso de Revisión; II. Recurso de Apelación; III. Juicio de Inconformidad; y IV. Juicio de Protección de los Derechos Político-Electorales del Ciudadano.

¿Está vigente el artículo 346?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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