Artículo 89 de Código Electoral del Estado de Hidalgo
Código Electoral del Estado de Hidalgo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
A más tardar el diez de enero del año de la elección, los Consejos Distritales deberán ser instalados e iniciar sus sesiones y actividades. A partir de esa fecha y hasta el término del proceso, sesionarán por lo menos dos veces al mes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.