Artículo 120 de Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco
Código Electoral del Estado de Jalisco — Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. El Consejo General es el órgano superior de dirección, responsable de vigilar el cumplimiento de las disposiciones constitucionales y legales en materia electoral, así como de velar que los principios de certeza, legalidad, independencia, imparcialidad, objetividad y máxima publicidad guíen todas las actividades del Instituto Electoral. En su desempeño aplicará la perspectiva de género.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.