Artículo 555 de Código Electoral del Estado de Jalisco
Código Electoral del Estado de Jalisco · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
1. Los estrados, son los espacios del Instituto Electoral y del Tribunal Electoral que tienen como destino la colocación de las copias de los medios de impugnación, de los escritos de terceros interesados y de los coadyuvantes, así como de los acuerdos, autos, resoluciones y sentencias que les recaigan, para efectos de notificación y publicidad.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.