Código Electoral estatal

Artículo 261 de Código Electoral del Estado de México

Código Electoral del Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El cómputo de la circunscripción plurinominal se sujetará al procedimiento siguiente:

I. Se tomará nota de los resultados que consten en las actas de la elección de diputados por el principio de representación proporcional levantadas en los cuarenta y cinco distritos en que se divide el territorio del Estado;

II. La suma de esos resultados, constituirá el cómputo de la votación total emitida en la circunscripción plurinominal; y III. Se harán constar en acta circunstanciada de la sesión los resultados del cómputo y los incidentes que ocurrieran.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 261 de Código Electoral del Estado de México?

El cómputo de la circunscripción plurinominal se sujetará al procedimiento siguiente: I. Se tomará nota de los resultados que consten en las actas de la elección de diputados por el principio de representación…

¿Está vigente el artículo 261?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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