Artículo 261 de Código Electoral del Estado de México
Código Electoral del Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El cómputo de la circunscripción plurinominal se sujetará al procedimiento siguiente:
I. Se tomará nota de los resultados que consten en las actas de la elección de diputados por el principio de representación proporcional levantadas en los cuarenta y cinco distritos en que se divide el territorio del Estado;
II. La suma de esos resultados, constituirá el cómputo de la votación total emitida en la circunscripción plurinominal; y III. Se harán constar en acta circunstanciada de la sesión los resultados del cómputo y los incidentes que ocurrieran.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.