Artículo 288 de Código Electoral del Estado de México — Estado de México
Código Electoral del Estado de México — Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Tribunal funcionará en Pleno. Para sesionar válidamente se requerirá la presencia de por lo menos tres magistrados y sus resoluciones se acordarán por mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente tendrá voto de calidad.
En el caso de ausencia de algún magistrado mayor a siete días, el Secretario General de Acuerdos deberá comunicarlo a la Legislatura para que determine lo conducente.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.