Artículo 303 de Código Electoral del Estado de México
Código Electoral del Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Consejo General es competente para conocer de los recursos de revisión.
El Tribunal es competente para conocer de los recursos de apelación y de los juicios de inconformidad.
CAPÍTULO TERCERO DE LA LEGITIMACIÓN Y LA PERSONERÍA
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.