Artículo 46 de Código Electoral del Estado de México — Estado de México
Código Electoral del Estado de México — Estado de México · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La resolución que emita el Consejo General del Instituto podrá ser impugnada ante el Tribunal Electoral mediante el recurso de apelación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.