Código Electoral estatal

Artículo 123 de Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán

Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Vocal del Registro de Electores tendrá las siguientes atribuciones:

I. Formar el Catálogo General de Electores;

II. Integrar el Padrón Electoral;

III. Expedir la credencial para votar;

IV. Revisar y actualizar el padrón electoral;

V. Establecer con las autoridades federales, estatales y municipales la coordinación necesaria, para obtener la información sobre fallecimientos de los ciudadanos, pérdida, suspensión o rehabilitación de los derechos políticos, así como aquellas resoluciones que autoricen la rectificación al nombre o declare la presunción de muerte del ausente;

VI. Proporcionar a los órganos distritales y municipales electorales y a los partidos políticos, a través del presidente, el seccionamiento y la lista nominal de electores;

VII. Mantener actualizada y clasificada por distrito, municipio y sección la cartografía electoral de la Entidad;

VIII. Acordar con el Presidente los asuntos de su competencia; y, IX. Las demás que le confiera este Código, el Consejo General, el Presidente y otras disposiciones legales.

Cuando los trabajos relativos al Registro de Electores en el Estado sean desarrollados por el Instituto Federal Electoral, éstas atribuciones recaerán en la Vocalía del Registro Federal de Electores de la Junta Local Ejecutiva de este organismo en la Entidad.

(REFORMADO PRIMER PARRAFO, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2001)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 123 de Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 123 de Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán?

El Vocal del Registro de Electores tendrá las siguientes atribuciones: I. Formar el Catálogo General de Electores; II. Integrar el Padrón Electoral; III. Expedir la credencial para votar; IV. Revisar y actualizar el…

¿Está vigente el artículo 123?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.