Artículo 59 de Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán
Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El convenio de coalición deberá presentarse por escrito para su aprobación y registro ante el Consejo General, a más tardar treinta días antes de que se inicie el registro de candidatos de la elección de que se trate. En el caso de elecciones extraordinarias se estará al término que para el registro de candidatos señale la convocatoria.
El Consejo General del Instituto resolverá en los diez días siguientes a que concluya el plazo de presentación de los convenios de coalición sobre la procedencia de éstos.
(REFORMADO, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2001)
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.