Código Electoral estatal

Artículo 67 de Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán

Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Un partido político perderá su registro ante el Instituto Electoral de Michoacán, por las siguientes causas:

I. Haber perdido su registro ante el Instituto Federal Electoral, si se trata de un partido político nacional acreditado en el Estado;

(REFORMADA, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2001)

II. No obtener por lo menos el dos por ciento de la votación estatal emitida en la elección ordinaria inmediata anterior de diputados de mayoría relativa;

III. Haber dejado de cumplir con los requisitos necesarios para obtener su registro;

IV. Incumplir de manera grave y sistemática con las obligaciones que les señala este Código, a juicio del Consejo General;

(REFORMADA, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2001)

V. Cuando haya sido declarado disuelto por acuerdo de sus miembros conforme a lo que establezcan sus estatutos;

(REFORMADA, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2001)

VI. Haberse fusionado con otro partido político; y, (ADICIONADA, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2001)

VII. No participar en un proceso electoral local ordinario.

(REFORMADO, P.O. 8 DE FEBRERO DE 2001)

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

Pregúntale a Ian

¿Cómo se aplica el artículo 67 de Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán a tu caso?

Ian es un asistente jurídico con IA que busca en 69,002 tesis del SJF, 618 resoluciones de la Corte IDH y las reformas del DOF para explicarte qué criterios interpretan esta disposición — siempre con la cita exacta y verificable, sin inventar.

Preguntar gratis → 1 consulta gratis al día · sin tarjeta · sin instalación

Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 67 de Código Electoral del Estado de Michoacán — Michoacán?

Un partido político perderá su registro ante el Instituto Electoral de Michoacán, por las siguientes causas: I. Haber perdido su registro ante el Instituto Federal Electoral, si se trata de un partido político nacional…

¿Está vigente el artículo 67?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

Puedes preguntarle a Ian, que busca entre 69,002 tesis del Semanario Judicial de la Federación y 618 resoluciones de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, citando cada criterio aplicable.