Código Electoral estatal

Artículo 134 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes

Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Se entiende por precampaña electoral el conjunto de actos que realizan los partidos Los medios de impugnación que presenten políticos, sus militantes y los precandidatos a candi- los precandidatos en contra de los resultados de daturas a cargos de elección popular debidamente elecciones internas, o de la asamblea en que se registrados por cada partido. hayan adoptado decisiones sobre candidaturas, se Se entiende por actos de precampaña electoral presentarán ante el órgano interno competente a más las reuniones públicas, asambleas, marchas y en tardar dentro de los tres días siguientes a la emisión general aquellos en que los precandidatos a una del resultado o a la conclusión de la asamblea; los candidatura se dirigen a los afiliados, simpatizantes cuales deberán quedar resueltos en definitiva a más o al electorado en general, con el objetivo de obtener tardar ocho días después de la fecha de realización su respaldo para ser postulado como candidato a un de la consulta mediante voto directo, o de la asam- cargo de elección popular. blea en que se haya adoptado la decisión sobre candidaturas.

Se entiende por propaganda de precampaña el conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, gra- Es facultad de cada partido político, a través baciones, proyecciones y expresiones que durante el del órgano establecido por sus estatutos, o por el período establecido por este Código y el que señale la Reglamento o convocatoria correspondiente, negar o convocatoria respectiva, difunden los precandidatos cancelar el registro a los precandidatos que incurran a candidaturas a cargos de elección popular con el en conductas contrarias a este Código o a las normas propósito de dar a conocer sus propuestas. La pro- que rijan el proceso interno, así como confirmar o Marzo 2 de 2015 PERIÓDICO OFICIAL (Tercera Sección) Pág. 29 modificar sus resultados, o declarar la nulidad de CAPÍTULO III todo el proceso interno de selección, aplicando en Del Procedimiento de Registro de Candidatos todo caso los principios legales y las normas esta- de los Partidos Políticos y Candidaturas blecidas en sus Estatutos o en los Reglamentos y Independientes convocatorias respectivas.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 134 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes?

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¿Está vigente el artículo 134?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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