Código Electoral estatal

Artículo 139 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes

Código Electoral para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Quedan comprendidos dentro de los topes de gasto de precampaña los siguientes ARTÍCULO 142.- Las Plataformas Política y Le- conceptos: gislativa, deberán presentarse para su registro ante el Consejo, por elección en expediente separado, a I. Gastos de propaganda: Los realizados en bar- más tardar el día quince del mes de diciembre del año das, mantas, volantes, pancartas, equipos de sonido, anterior al de la elección a efecto de que este último, eventos políticos realizados en lugares alquilados y dentro de los diez días siguientes revise que no con- otros similares;

travenga los derechos fundamentales y prerrogativas II. Gastos operativos de la campaña: Los suel- del ciudadano consagradas en la Constitución, de dos y salarios del personal eventual, arrendamiento existir contravenciones, se requerirá para que éstas eventual de bienes muebles e inmuebles, gastos de sean subsanadas dentro del plazo de cinco días.

transporte de material y personal, viáticos y otros De no solventarse las observaciones se tendrán similares;

por no presentadas dichas plataformas.

III. Gastos de propaganda en diarios, revistas y Para el caso de que un Partido Político y aspiran- otros medios impresos: Los realizados en cualquiera tes a candidatura independiente no cumplan con esta de esos medios, tales como inserciones pagadas, obligación, el Consejo lo tendrá por no presentado anuncios publicitarios y sus similares, tendientes a y acreditado, y por lo tanto no podrá participar en el la obtención del voto. En todo caso, tanto el partido proceso electoral correspondiente.

y candidato contratante, como el medio impreso, deberán insertar la leyenda de que se trata de pro- ARTÍCULO 143.- Corresponde a los partidos paganda o inserción pagada, y políticos y coaliciones el derecho de solicitar el regis- tro de candidatos a cargos de elección popular, por IV. Gastos de producción de los mensajes para conducto del Presidente del Comité Directivo Estatal radio y televisión; Los realizados para el pago de o su equivalente, de conformidad con sus estatutos.

servicios profesionales; uso de equipo técnico, lo- Los ciudadanos que aspiren a ser registrados como caciones o estudios de grabación y producción, así candidatos independientes deberán solicitarlo por como los demás inherentes al mismo objetivo.

su propio derecho.

No se considerarán dentro de los topes de pre- Las solicitudes de registro, tanto para las eleccio- campaña los gastos que realicen los partidos para nes a diputados y Ayuntamiento por ambos principios su operación ordinaria y para el sostenimiento de sus que se presenten ante el Consejo, deberán integrarse órganos directivos y de sus organizaciones.

con el cincuenta por ciento de candidatos propieta-

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 139 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes?

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¿Está vigente el artículo 139?

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