Código Electoral estatal

Artículo 216 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes

Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

El Presidente de la Mesa Di- respectivos, se formarán los paquetes electorales, rectiva de Casilla, una vez concluido el escrutinio y uno por cada tipo de elección, en cuya envoltura cómputo, publicará los resultados de la elección en firmarán los integrantes de la Mesa Directiva y los el exterior de la casilla. representantes de los partidos políticos que deseen hacerlo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 216 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes?

El Presidente de la Mesa Di- respectivos, se formarán los paquetes electorales, rectiva de Casilla, una vez concluido el escrutinio y uno por cada tipo de elección, en cuya envoltura cómputo, publicará los resultados de…

¿Está vigente el artículo 216?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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