Artículo 263 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes
Código Electoral para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El estudio de las causas de respectivo. Para tal efecto, solicitará mediante oficio improcedencia o sobreseimiento de la queja o de- a los órganos del Instituto que lleven a cabo las nuncia se realizará de oficio. En caso de advertir investigaciones o recaben las pruebas necesarias.
que se actualiza una de ellas, la Secretaría Ejecutiva El plazo para llevar a cabo la investigación no podrá elaborará un proyecto de resolución por el que se exceder de veinte días, contados a partir de la recep- proponga el desechamiento o sobreseimiento, según ción del escrito de queja o denuncia en la Secretaría corresponda.
Ejecutiva o del inicio de oficio del procedimiento por Cuando durante la sustanciación de una in- la propia Secretaría Ejecutiva. Dicho plazo podrá vestigación la Secretaría Ejecutiva advierta hechos ser ampliado de manera excepcional por una vez, distintos al objeto de ese procedimiento que puedan hasta por un periodo igual al antes señalado, me- constituir distintas violaciones electorales, o la res- diante acuerdo debidamente motivado que emita la ponsabilidad de actores diversos a los denunciados, Secretaría Ejecutiva.
podrá ordenar de oficio, el inicio de un nuevo proce- Si dentro del plazo fijado para la admisión de la dimiento de investigación.
queja o denuncia, la Secretaría Ejecutiva valora que La Secretaría Ejecutiva llevará un registro de las deben dictarse medidas cautelares, lo propondrá al quejas desechadas e informará de ello al Consejo. Consejo para que éste, en un plazo de veinticuatro
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.