Código Electoral estatal

Artículo 362 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes

Código Electoral para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Por cada elección de la que se trate, podrán ser registrados como candidatos f) Las disposiciones aplicables a los represen- independientes los ciudadanos que cumplan con los tantes de los partidos políticos, establecidas requisitos establecidos en este Código. en este Código, se aplicarán supletoriamente a los representantes de los candidatos inde-

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 362 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes?

Por cada elección de la que se trate, podrán ser registrados como candidatos f) Las disposiciones aplicables a los represen- independientes los ciudadanos que cumplan con los tantes de los partidos políticos,…

¿Está vigente el artículo 362?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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