Artículo 85 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes
Código Electoral para el Estado de Aguascalientes — Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La Junta Estatal Ejecutiva del la primera semana del mes de enero del año de la Instituto, es un organismo electoral técnico y de elección, iniciará sus sesiones. A partir de esa fecha y apoyo, que depende del Consejo, y que se integra hasta la terminación del proceso electoral, sesionará de la siguiente manera: por lo menos una vez al mes.
I. El Presidente del Consejo, quien la presidirá; Dichos Consejos podrán ser clausurados antes de la conclusión del proceso electoral, una vez que II. El Secretario Ejecutivo, quien será el secre- hayan causado ejecutoria los acuerdos mediante tario de la misma, y los cuales determinaron y validaron los resultados III. Los titulares de la Dirección de Capacitación y de la elección de su competencia y por ende hayan Organización Electoral, de la Dirección Administrativa terminado sus funciones.
y de la Dirección Jurídica.
El Consejo velará por el cumplimiento al prin- El Presidente podrá convocar al Contralor a las cipio de definitividad en los términos del presente sesiones de la Junta Estatal Ejecutiva, el cual podrá Código.
participar sólo con voz.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.