Artículo 94 de Código Electoral para el Estado de Aguascalientes
Código Electoral para el Estado de Aguascalientes · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Los consejos municipales electo- darles el trámite que proceda;
rales son los responsables de celebrar el cómputo de XI. Informar al Consejo sobre el desarrollo de la elección de Ayuntamiento de los once Municipios sus funciones; del Estado, conforme a lo dispuesto en este Código, gozarán de autonomía en su funcionamiento e inde- XII. Dar seguimiento al cumplimiento de los pendencia en sus decisiones.
acuerdos del Consejo Distrital, y
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.