Código Electoral estatal

Artículo 134 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas

Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Para ser Secretario Ejecutivo se deberán reunir los requisitos siguientes:

I.- Ser ciudadano del Estado mayor de 30 años, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles;

II.- Gozar de buena reputación;

III.- Contar con título profesional de abogado o licenciado en derecho legalmente expedido;

Departamento del Periódico Oficial del Estado Página 34 de 89 Código Electoral para el Estado de Tamaulipas Ultima reforma POE 109 10-09-2009 Decreto LX-652 Fecha de expedición 12 de diciembre del 2008.

Fecha de promulgación 18 de diciembre del 2008.

Fecha de publicación Periódico Oficial Extraordinario número 2 de fecha 29 de diciembre del 2008.

IV.- Estar inscrito en el Registro Federal de Electores y contar con credencial para votar con fotografía;

V.- No desempeñar o haber desempeñado cargo de elección popular, ni haber sido postulado candidato dentro de los tres años inmediatos anteriores a la designación;

VI.- No ser o haber sido dirigente nacional, estatal o municipal de algún partido político, en los 3 años inmediatos anteriores a la designación;

VII.- No haber sido condenado en sentencia ejecutoriada por delito doloso; y VIII.- No ser ministro de culto religioso alguno;

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 134 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas?

Para ser Secretario Ejecutivo se deberán reunir los requisitos siguientes: I.- Ser ciudadano del Estado mayor de 30 años, en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles; II.- Gozar de buena reputación; III.-…

¿Está vigente el artículo 134?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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