Artículo 211 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La solicitud de registro de candidatos deberá señalar el partido político o coalición que los postulan, así como los siguientes datos y documentos:
I.- Nombre y apellidos de los candidatos;
Departamento del Periódico Oficial del Estado Página 51 de 89 Código Electoral para el Estado de Tamaulipas Ultima reforma POE 109 10-09-2009 Decreto LX-652 Fecha de expedición 12 de diciembre del 2008.
Fecha de promulgación 18 de diciembre del 2008.
Fecha de publicación Periódico Oficial Extraordinario número 2 de fecha 29 de diciembre del 2008.
II.- Lugar y fecha de nacimiento;
III.- Domicilio;
IV.- Ocupación;
V.- Cargo para el que se les postula;
VI.- Copia del acta de nacimiento;
VII.- Copia de la credencial para votar con fotografía;
VIII.- Constancia de residencia, precisando el tiempo de la misma;
IX.- Declaración de la aceptación de la candidatura; y X.- Declaración bajo protesta de decir verdad de que cumple con los requisitos que exigen la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado y este Código. En la solicitud de registro de candidatos, los partidos políticos deben manifestar que las personas que proponen fueron seleccionadas de conformidad con sus normas estatutarias.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.