Código Electoral estatal

Artículo 227 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas

Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Al interior y exterior de las oficinas, edificios y locales ocupados por los poderes públicos de los tres órdenes de gobierno y sus dependencias o entidades y demás entes públicos, no podrá fijarse ni distribuirse propaganda electoral de ningún tipo.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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¿Cómo se aplica el artículo 227 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas a tu caso?

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 227 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas?

Al interior y exterior de las oficinas, edificios y locales ocupados por los poderes públicos de los tres órdenes de gobierno y sus dependencias o entidades y demás entes públicos, no podrá fijarse ni distribuirse…

¿Está vigente el artículo 227?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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