Código Electoral estatal

Artículo 274 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas

Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Cumplidas las acciones establecidas en el artículo anterior, los Presidentes de las mesas directivas de casillas, fijarán en lugar visible de la casilla los resultados de cada una de las elecciones, que serán firmados por el presidente y los representantes de partido o coalición que deseen hacerlo.

CAPITULO IV De la Clausura de la Casilla y de la Remisión del Paquete Electoral

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 274 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas?

Cumplidas las acciones establecidas en el artículo anterior, los Presidentes de las mesas directivas de casillas, fijarán en lugar visible de la casilla los resultados de cada una de las elecciones, que serán firmados…

¿Está vigente el artículo 274?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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