Artículo 300 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
El Consejo General sesionará el sábado siguiente del día de la elección, a efecto de:
I.- Realizar el cómputo estatal de la elección de Gobernador, emitir la declaratoria de validez y expedir la constancia de mayoría respectiva al candidato que la hubiere obtenido;
II.- Realizar el cómputo final de la elección de diputados según el principio de representación proporcional, emitir la declaratoria de validez de esta elección; y Departamento del Periódico Oficial del Estado Página 74 de 89 Código Electoral para el Estado de Tamaulipas Ultima reforma POE 109 10-09-2009 Decreto LX-652 Fecha de expedición 12 de diciembre del 2008.
Fecha de promulgación 18 de diciembre del 2008.
Fecha de publicación Periódico Oficial Extraordinario número 2 de fecha 29 de diciembre del 2008.
III.- Dar a conocer el resultado de la aplicación de la fórmula de asignación; de regidores de representación proporcional.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.