Artículo 81 de Código Electoral para el Estado de Tamaulipas
Código Electoral para el Estado de Tamaulipas · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
En su caso, una vez que se resuelvan en definitiva las impugnaciones que se interpongan en contra de la declaratoria del Consejo General, los estatutos únicamente podrán impugnarse por la legalidad de los actos de su aplicación.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.