Artículo 115 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 115. La rectificación, aclaración y levantamiento de una "Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)" acta del estado civil, no puede hacerse sino ante el juez de primera R Artículo 105. Si no aparece el cadáver pero hay certeza de que instancia y en virtud de sentencia que este pronuncie, salvo los alguna persona ha sucumbido en el lugar del desastre, el acta contendrá casos de la aclaración administrativa previstos por este el nombre de las personas que hayan conocido a la que no aparece y ordenamiento legal.
las demás noticias que sobre el suceso puedan obtenerse.
Artículo 106. En caso de muerte en el mar, a bordo de un buque nacional o en el espacio aéreo nacional, el certificado se formará de I.
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Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.