Código Civil estatal

Artículo 192 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 192. La separación de bienes puede ser absoluta o parcial.

En la parcial, los bienes que no estén comprendidos en las L capitulaciones de separación, podrán ser objeto de la sociedad II. Si los cónyuges procedieron de mala fe, la sociedad conyugal conyugal que constituyan los cónyuges.

"Versión digital de consulta, carece de valor legal (artículo 8 de la Ley del Periódico Oficial)" se considera nula desde la celebración del matrimonio, R quedando en todo caso a salvo los derechos que un tercero

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 192 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

La separación de bienes puede ser absoluta o parcial. En la parcial, los bienes que no estén comprendidos en las L capitulaciones de separación, podrán ser objeto de la sociedad II. Si los cónyuges procedieron de mala…

¿Está vigente el artículo 192?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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