Artículo 308 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 308. No es necesario el transcurso del período mencionado cuando, reunidos los demás requisitos, hayan concebido un hijo en IV.
P Las firmas de las o los convivientes y de las o los testigos.
común.
O
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.