Artículo 311 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 311. El concubinato genera entre quienes lo conforman, La conducta descrita en el párrafo anterior se denomina alienación derechos alimentarios y sucesorios, independientemente de los parental cuando es realizada por uno de los padres.
demás derechos y obligaciones reconocidos en este Código o en otras leyes.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.