Código Civil estatal

Artículo 415 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 415. El usufructo de los bienes concedido a las personas IA Artículo 405. Quienes ejerzan la patria potestad o tengan menores de edad bajo su custodia, tienen la facultad de corregirlos y la que ejerzan la patria potestad, lleva consigo las obligaciones que expresa el Libro Primero, Título Décimo Tercero de este Código y además las impuestas a los usufructuarios, con excepción de la ejemplo.

P obligación de observar una conducta que sirva a estos de buen obligación de dar fianza, salvo en los casos siguientes:

O I. Cuando los que ejerzan la patria potestad han sido Artículo 406. El que está sujeto a la patria potestad no puede declarados en quiebra o estén concursados;

comparecer por sí en juicio ni contraer obligación alguna sin expreso C consentimiento del que o los que ejerzan aquel derecho.

De negarse el consentimiento, se seguirán las reglas del Libro Segundo, Título Décimo Tercero, Capítulo VII de este Código.

II.

III.

Cuando contraigan ulteriores nupcias; y, Cuando su administración fuere realmente ruinosa para los hijos.

PÁGINA 30 Miércoles 30 de Septiembre de 2015. 14a. Secc. PERIÓDICO OFICIAL

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 415 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

El usufructo de los bienes concedido a las personas IA Artículo 405. Quienes ejerzan la patria potestad o tengan menores de edad bajo su custodia, tienen la facultad de corregirlos y la que ejerzan la patria potestad,…

¿Está vigente el artículo 415?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

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