Código Civil estatal

Artículo 59 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 59. Tanto la investigación de la maternidad, como de la paternidad podrán hacerse ante los tribunales de acuerdo con las Artículo 56. El acta de nacimiento se levantará con asistencia de disposiciones relativas de este Código.

dos testigos.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 59 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Tanto la investigación de la maternidad, como de la paternidad podrán hacerse ante los tribunales de acuerdo con las Artículo 56. El acta de nacimiento se levantará con asistencia de disposiciones relativas de este…

¿Está vigente el artículo 59?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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