Artículo 721 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 721. Las resoluciones y actuaciones judiciales que deban constar por escrito, serán firmadas bajo pena de nulidad por los servidores públicos a quienes corresponda dictarlas o practicarlas consignadas en los mismos.
Artículo 713. Las actuaciones judiciales se practicarán en días y horas hábiles.
VA y por aquellos que puedan dar fe o certificar el acto; las primeras a más tardar al concluir las labores del juzgado o tribunal y las segundas al momento de concluirlas.
Cuando se trate de actuaciones judiciales que deban archivarse IN Son días hábiles todos los del año, menos los de descanso legal, los que las leyes declaren festivos y aquellos en que el Consejo del Poder Judicial acuerde suspender las labores. Son horas hábiles las electrónicamente, serán autentificadas mediante dispositivo físico o digital autorizado.
comprendidas entre las ocho y las veinte horas.
S Artículo 714. El tribunal puede habilitar los días y horas inhábiles Quien infrinja este precepto será sancionado por el Consejo del Poder Judicial, conforme a la Ley Orgánica.
IA cuando hubiere causa urgente que lo exija, expresando cuál sea esta y las diligencias que hayan de practicarse. De la habilitación no cabrá recurso alguno.
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.