Código Civil estatal

Artículo 889 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 889. Si el menor de edad, es mayor de dieciséis años, inmediatamente. podrá él mismo nombrar al tutor.

Artículo 881. La persona que solicite la restitución de un menor de edad, deberá realizarlo dentro de treinta días naturales contados a partir del día en que se verificó la sustracción, traslado o retención O

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 889 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Si el menor de edad, es mayor de dieciséis años, inmediatamente. podrá él mismo nombrar al tutor. Artículo 881. La persona que solicite la restitución de un menor de edad, deberá realizarlo dentro de treinta días…

¿Está vigente el artículo 889?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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