Artículo 938 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
Artículo 938. En el juicio oral únicamente se notificará PÁGINA 64 Miércoles 30 de Septiembre de 2015. 14a. Secc. PERIÓDICO OFICIAL personalmente el emplazamiento, así como el auto que fije la hora y ordenar la salida de las personas que se presenten en condiciones y fecha en que se llevará a cabo la audiencia preliminar. incompatibles con la formalidad de la audiencia.
Las demás determinaciones judiciales pronunciadas en las Quienes asistan deberán permanecer en silencio, mientras no estén audiencias se tendrán por notificadas en ese mismo acto, a quienes autorizados para exponer o deban responder a las preguntas que estén presentes o debieron haberlo estado, sin formalidad alguna. se les realicen. No podrán molestar, ofender o adoptar comportamiento intimidatorio o provocativo, que altere la correcta
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.