Código Civil estatal

Artículo 997 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Última reforma de referencia: 2000-01-01 · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Artículo 997. El juez fijará sala, fecha y hora para la celebración V de la audiencia de juicio, misma que deberá llevarse a cabo dentro de los quince días siguientes a la audiencia preliminar, salvo en caso de pruebas que hubieren de practicarse fuera del Estado o del continúe su curso.

IN ante la autoridad que corresponda, sin perjuicio de que el juicio país.

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 997 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

El juez fijará sala, fecha y hora para la celebración V de la audiencia de juicio, misma que deberá llevarse a cabo dentro de los quince días siguientes a la audiencia preliminar, salvo en caso de pruebas que hubieren…

¿Está vigente el artículo 997?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM, con última referencia de reforma del 2000-01-01. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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