Código Familiar estatal

Artículo 1059 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo

Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026

Las sentencias ejecutoriadas, en virtud de las cuales se el improrrogable término de tres días para que cumpla con la transmita o modifique la propiedad, la posesión o el goce de bienes sentencia, si en el mismo fallo no se ha fijado a ese efecto otro inmuebles o de derechos reales impuestos sobre ellos, serán inscritas término.

en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Michoacán de Ocampo. Este registro produce efectos contra terceros. Artículo 1069. Cuando se pida la ejecución de sentencia o convenio, si no hay bienes embargados, se procederá pasados los tres días, al

Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.

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Preguntas frecuentes

¿Qué establece el artículo 1059 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo?

Las sentencias ejecutoriadas, en virtud de las cuales se el improrrogable término de tres días para que cumpla con la transmita o modifique la propiedad, la posesión o el goce de bienes sentencia, si en el mismo fallo…

¿Está vigente el artículo 1059?

El texto que se muestra corresponde a la versión vigente integrada en el corpus de IANM. Para confirmar reformas recientes, Ian rastrea las publicaciones del Diario Oficial de la Federación (DOF).

¿Qué tesis o jurisprudencia interpretan este artículo?

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