Artículo 1060 de Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo
Código Familiar para el Estado de Michoacán de Ocampo · Actualizado en IANM: 6 de junio de 2026
La sentencia que cause ejecutoria producirá la embargo; observándose respecto de los bienes embargados y orden acción y excepción de cosa juzgada. en que deben ser secuestrados, lo prevenido en el capítulo relativo al secuestro judicial, contenido en el Código de Procedimientos
Texto verificable contra la fuente oficial. Cámara de Diputados — Leyes Federales.